NORMATIVA:
Artículo 276 del Estatuto del Personal Docente y de Investigación
RECAUDOS DEL EXPEDIENTE:
- Oficio original del profesor solicitando Reconocimiento de Antigüedad ante el Consejo de Facultad o Núcleo.
- Oficio original emitido por el Consejo de Facultad solicitando el Reconocimiento emitido por el profesor a ser considerado por el Consejo Universitario.
- Planilla o constancia de antecedente de servicio emitida por el organismo o Institución Nacional donde laboro o presto sus servicios.